miércoles, 3 de febrero de 2016

LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR ( PROGRAMA DE CONTADURÍA )

         HISTORIA DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR 





En el año 1977, una vez integrado el primer Consejo Superior Universitario, crea el departamento de Ciencia Administrativas y Contables al cual quedan adscrito los programas de Contaduría Pública y Administración de Empresas.
En 1980 se constituye la facultad de Ciencias Administrativas y Contable, proceso que se consolida normativamente en 1983 momento en el cual se contaba con la licencia de funcionamiento de los programas.
En septiembre 4 de 1995, mediante el acuerdo 003 del consejo superior, se autoriza hacer extensión académica a Aguachica (cesar) con los programas de Contaduría Pública y Administración de Empresa, extensión que fue elevada a la categoría seccional mediante el acuerdo 033 de 1997, siendo reconocidas por el ICFES mediante la resolución 1022 de mayo 14 del 2002.
En junio 30 de 1998 se crea el Centro de Investigaciones Sociales y Económicas-CISE, y en septiembre 14 de 1998 se crea el Centro de Estudios Empresariales-CEMPRE. 
El primer semestre de 1998 inicio labores el programa de Administración de Comercio Internacional, hoy conocido como Comercio Internacional, el primer semestre de 1999 inicia actividades el programa de Economía.  
En el año 2006  se adscribe la unidad de Emprendimiento de la Universidad al Centro de Estudios Empresariales-CEMPRE



                      HISTORIA DEL PROGRAMA DE CONTADURÍA 


El programa de Contaduría de la Universidad Popular  del Cesar  fue creado mediante el acuerdo 001 de marzo 31 de 1977, expendido por el consejo  superior de la universidad popular basados  en la ley 30 de noviembre de 1976 del congreso de la república.
Las labores administrativas y académicas de la universidad popular del cesar, se iniciaron el primero de agosto de 1977 con los programas de Contaduría Pública, Administración de Empresas, Enfermería, y licenciatura en Matemáticas y Física, adoptados de la universidad nacional.
Las primeras licencias de funcionamiento definitivas fueron expendidas por el ICFES mediante autorización de funcionamiento 004 y 005 de 23 de enero de 1981, para las carreras de Administración de Empresas y Contaduría Pública.
El programa presento los informes respectivos y obtuvo la renovación de funcionamiento ante el ICFES como ente rector de la educación superior en Colombia el 20 de enero de 1983 según la resolución 033, aprobó la renovación de funcionamiento antes ICFES como ente rector de la Educación Superior de Colombia el 20 de Enero de 1983 según la resolución 033 aprobó hasta el 31 de Diciembre 1984 para los programas de Administración de Empresas y Contaduría Pública. El 5 de julio 1985 según la resolución 1107 renovaron la aprobación de ambas carreras 



PROGRAMAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CONTABLES Y ECONÓMICAS

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS


El programa de Administración de Empresas adscrito a la facultad de Ciencias Administrativas, Contables y Económicas de la Universidad Popular del Cesar es uno de los cuatro programas con los que inicio labores académicas y administración la Institución. El programa originalmente se desarrolló en el Instituto Tecnológico Universitario del Cesar ( ITUCE ) bajo la denominación de Tecnología de Administración de Empresas.




COMERCIO INTERNACIONAL


Fue creado mediante el Acuerdo 021 del 1 de Octubre de 1998 del Honorable Consejo Superior Universitario.
Fue registrado en el ICFES mediante SNIES 5244 iniciando labores académicas en Febrero de 1999 bajo unos alineamiento curriculares que fueron replanteado en el año 2002, cuando la Universidad inicio una secuencia de transformaciones académicas en todos sus programas de pregrados dentro de la búsqueda de la calidad al reforzamiento y alcances de sus principios filosófico.




CONTADURÍA PÚBLICA 

Fue creada mediante el acuerdo 001 de Marzo 31 de 1977, expedido por el Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar, basado en la ley 34 de Noviembre de 1976 del Consejo de la República




ECONOMÍA

Fue creada mediante el acuerdo 021 del 6 de Julio de 1998 del Honorable Consejo Superior Universitario. El 15 de Septiembre 1998 fue registrado en el ICFES mediante el código 46101. Iniciando labores en Febrero de 1999 bajo unos alineamiento curriculares que fueron replantado en el año 2002  


 



PERSONAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CONTABLES Y ECONÓMICAS

                                           Álvaro de Jesús Mendoza Montenegro
                                             ( Decano de la facultad Financiera )
Pregrado: Contador Publico; Posgrado: Especialista en Finanzas privadas, Magister en Educación.

                                       Arquímedes Concepción Mendoza Jurado
                                ( Director del departamento de Contaduría Publica)
Pregrado: Contador Publico; Posgrado: Especialista en Revisoria Fiscal y Auditoria Externa, Especialista en Finanzas, Magister en Gerencias de Empresas, mención Gerencia Financiera.

                                                          Ilva Quintero Caselles
                                            ( Secretaria de la Facultad Administrativa )







 

CROQUIS DE COMO LLEGAR A LA FACULTAD DE CIENCIA ADMINISTRATIVA, CONTABLES Y ECONÓMICAS



REGLAMENTO ESTUDIANTIL


1. ¿Cuándo se pierde la calidad de estudiante de la Universidad Popular del Cesar?

ARTICULO 3° Se pierde la calidad del estudiante:
- Cuando se ha completado el ciclo de estudio previstos.
- Cuando se haga uso sin causa justificada a juicio del Consejo Académico de la Universidad Popular del Cesar del derecho de la matriculo o de renovación de esta en los plazo señalado por la Universidad o después  de vencido los términos de reserva de que tratan los artículos 9° y 10°.
- Por bajo rendimiento académico.
- Cuando se halla impuesto una sanción académica o disciplinaria temporal y permanente que anule dicha calidad.
-  Cuando por enfermedad debidamente comprobada por el servicio médico de la universidad, el Consejo Académico considere inconveniente la participación temporal y definitiva del estudiante en la vida universitaria.

2. ¿Qué diferencia hay entre transferencia interna y transferencia externa?

La diferencia que existe entre estas dos es que en la transferencia interna el estudiante tiene como derecho acreditar en un programa las asignaturas cursadas en otros programas de esta Universidad y en la transferencia externa el estudiante tiene como derecho acreditar y homologar en la Universidad Popular del Cesar las asignaturas cursadas y aprobadas en un programa académico de otra institución de Educación superior reconocida por el estado.

3. ¿Cuándo se puede cancelar una asignatura y cuáles son los pasos a seguir?

Luego de ingresar a la web www.unicesar.edu.co  y  realizar el proceso de autenticación necesario para acceder al Vortal, usted debe realizar los siguientes pasos:
Antes de cancelar una asignatura debe realizar el pago del respectivo derecho pecuniario de esta forma:

1.         Seleccionar el icono NUEVAS FUNCIONALIDADES

2.         Ingresar a PAGO DE DERECHOS PECUNIARIOS


3.         En este paso usted debe generar el recibo con el cual realizara el trámite correspondiente en la Entidad Bancaria. Tenga en cuenta seleccionar el Derecho Académico correspondiente a Cancelación de Asignaturas.


  

1.     Seleccionar el Icono CANCELACIÓN DE MATERIAS


2.     Escoger la asignatura a Cancelar y el Motivo de la Cancelación. Tenga en cuenta que luego de realizado este proceso la asignatura quedara Cancelada en su Matricula Académica.




      Tenga en cuenta las fechas límites establecidas para la Cancelación de Asignaturas, las cuales encontrará en el Calendario Académico para el período vigente.
      Realice el pago  con suficiente anterioridad a su proceso de cancelación de asignaturas, recuerde que el éste se habilitará 1 día después de realizado (Cualquier inquietud financiera comunicarse con la oficina de Tesorería).
      Antes de realizar su proceso verifique en el Icono Calificaciones, sus notas y asegúrese de cumplir los requisitos para cancelación de asignaturas, es decir: Asignaturas Calificadas en 0.0 o con Parciales Aprobados.

3.  Mencione cinco (5 deberes y cinco (5) derechos de los estudiantes upecistas.

DERECHOS 
1- Utilizar los recurso de la Universidad para su educación, de conformidad con la reglamentaciones respectivas.
2- Disfrutar de los servicios de bienestar Universitaria que la universidad ofrece, de conformidad con sus reglamentos.
3- Analizar y conocer los estatutos de la universidad mediante seminario permanente sobre la misión de la educación superior.
 4-Ser acreedor  al buen trato por parte de todos los estamentos y persona de la universidad popular del cesar.
5- Ser admitido, aconsejado y oído por quienes tienen la responsabilidad directiva y docente.


DEBERES 
1- Cumplir los estatutos y reglamentos de la Universidad Popular del Cesar.
2- Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material de enseñanza, enseres, equipo y dotación general de la Universidad.
3- Respetar a la Universidad, a las personas con funciones directivas, docentes o administrativas, sus condiscípulos y demás personas que presten servicio en la Universidad.
4- Practicar en las actividades académicas y presentar las pruebas de evaluación provista en los programas.
5- Respetar las opiniones y puntos de vista de los demás y permitir su libre expresión y movimientos.


4. ¿Qué es un crédito académico?

El régimen académico de la Universidad Popular del Cesar esta sujeto al sistema de unidades de créditos.
Un crédito académico es la unidad de la medida de la actividad académica de un estudiante.
Equivale a 48 horas totales de trabajos académicos del estudiante de las cuales 16 horas son de acompañamiento del docente.Las demás horas son la que el estudiante emplea en actividades independiente del estudio,preparación, exámenes u otras necesarias para alcanzar las metas de aprendizajes.


5. ¿Cuáles son las causales para perder una asignatura?

La falta de asistencia, superior al 10% de las horas de acompañamiento docente en los curso teóricos practico o el 20% en los cursos teóricos, sera causal de perdida de la asignatura. La nota definitiva en estos caso, sera uno ( 1.0 ). Un curso sera valido cuando el se halla desarrollado por lo menos un 85% del plan de desarrollo de la asignatura.


6. ¿Cuáles son las sanciones disciplinarias y académicas que impone la Universidad Popular del Cesar?, Escoja las diez (10) más relevantes para ustedes

1. Amonestación privada, por escrito, que hará el Director del Departamento.
2. Amonestación publica, que hará el Consejo de Facultad Correspondiendo, mediante resolución motivada y fijada en lugares público.
3. Matrícula condicional. La impondrá el Consejo Académico. 
4. Cancelación de la matrícula, que impondrá el Consejo académico, sanción apelable
ante el Consejo Superior. El Director de Departamento podrá levantar esta sanción en 
un período académico posterior con la aprobación del Consejo Académico. 
5. Expulsión de la universidad, que impondrá el Consejo Académico. Esta sanción es
apelable ante el Consejo Superior Universitario. 
6. ARTICULO 11°: Quien incurra en fraude en la documentación requerida para la admisión, se le sancionara con la perdida del derecho de inscripción a todos los programas que ofrezca la Universidad, con la cancelación de la matricula si estuviese vigente o con la perdida del derecho a optar el  titulo correspondiente, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar. 
7. ARTICULO 12°:Quien incurra en fraude en los exámenes de admisión se hará acreedor a las siguientes sanciones:
*Cuando se trate de suplantación de persona o documento,pérdida definitiva del derecho de inscripción, sin perjuicio, de las sanciones penales que hubiere lugar.
*Cuando se trate de copia o retención del material de examen, anulación de la prueba, pérdida definitiva del derecho a presentar el examen de admisiones o cancelación de la matrícula. Si ésta estuviere vigente.
8. ARTICULO 53°:Cuando una prueba sea anulada por fraude, se calificará con cero (0) y el profesor de la asignatura informará por escrito al Consejo de Facultad por medio del director del departamento.
Al estudiante reincidente le será cancelada la matricula para el respectivo período académico.
9. ARTICULO 54°: En materia de pruebas académicas, la suplantación de persona o de la prueba misma o la falsificación de las calificaciones, de la sustracción de cuestionarios o de documentos 
pertinentes, serán sancionadas con la expulsión del responsable o responsables, para lo cual el profesor informará al director del departamento al que está adscrito el estudiante. La sanción será 
impuesta, por el Consejo Académico correspondiente y será apelable ante el Consejo Superior Universitario.
10. Las faltas cometida colectivamente por el estudiante perteneciente a distintos departamento, sera estudiada por el consejo académico el cual impondrá las sanciones a que hubiere lugar. En el caso de sanción de cancelación de matricula o de expulsión esta sera apelable ante el Consejo Superior Universitario.